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La Justicia Federal rechazó la inconstitucionalidad presentada por el ex fiscal condenado Luis María Viaut

La Justicia Federal rechazó la inconstitucionalidad presentada por el ex fiscal condenado Luis María Viaut

El juez federal de Bell Ville, Sergio Pinto, desestimó la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por Luis María Viaut, ex fiscal de San Francisco, contra el Estado nacional y la ANSES, en relación a su jubilación como magistrado.

A casi tres años de su condena por corrupción, Viaut, quien fue destituido de su cargo, cierra el año sin la posibilidad de acceder a una jubilación de privilegio como magistrado de la Nación. A pesar de la condena de cinco años de prisión, Viaut aún disfruta de su libertad.

El ex fiscal fue hallado culpable de recibir sobornos para frenar investigaciones y manipular causas judiciales junto con su empleado Darío Fabián "Paco" Rivarola y otros tres involucrados. Además, se le impuso un embargo de 6 millones de pesos.

En noviembre de 2022, siete meses después de su condena, Viaut solicitó que se declararan inconstitucionales dos artículos de la ley 27.546, que modificaron el régimen jubilatorio de los magistrados nacionales, elevando a 65 años la edad mínima para jubilarse. El ex fiscal argumentó que esta modificación le impedía acceder a la jubilación, ya que en diciembre de 2021 cumplió 60 años y tenía más de 39 años de aportes.

La ANSES objetó el planteo, argumentando falta de habilitación judicial y la ausencia de una controversia legítima que justificara la acción judicial.

El juez Pinto, si bien admitió la acción interpuesta por Viaut, rechazó el fondo de la cuestión. Aclaró que, según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la vía administrativa debía ser agotada antes de recurrir a la judicial para declarar la inconstitucionalidad de una ley. Además, recordó que para acceder a la jubilación, Viaut debía haber cumplido con todos los requisitos legales, que incluían no haber sido removido de su cargo por juicio político o sumario.

La resolución recordó que los beneficios jubilatorios no se aplican a magistrados removidos por mal desempeño. En este sentido, el juez concluyó que Viaut "no gozaba ni había adquirido el derecho a su jubilación antes de ser removido, ya que dicho derecho estaba condicionado al cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la ley".

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